La orden de alejamiento es una de las medidas cautelares más habituales en los Juzgados de Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM) de Granada. Su incumplimiento constituye un delito autónomo de quebrantamiento de condena (art. 468 CP) con pena de hasta 6 meses de prisión o 1 año si hubo violencia de género.
¿Se puede recurrir una orden de alejamiento en Granada?
Sí. La orden de alejamiento puede ser medida cautelar (antes de la sentencia) o pena accesoria (en sentencia). Si es cautelar, puede impugnarse ante el mismo Juzgado o en apelación. Los argumentos más frecuentes: inexistencia de riesgo, denuncia instrumentalizada, inconsistencias en el testimonio de la denunciante.
Juzgados de Violencia sobre la Mujer en Granada
Granada cuenta con Juzgados especializados en violencia de género en la capital. Para partidos judiciales como Motril o Guadix, el JVM puede ser el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción con competencia delegada.
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