Detenido por Alcoholemia en Granada: Derechos y Defensa Penal 2026



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Si te han detenido por conducir bajo los efectos del alcohol en Granada y superas los umbrales que marca el Código Penal, puedes enfrentarte a cargos penales —no solo a una sanción administrativa— con penas que incluyen privación del permiso de conducir, multa y hasta seis meses de prisión en casos graves.

En RINBER Abogados defendemos a personas imputadas por delitos de tráfico en la Audiencia Provincial de Granada y en todos los Juzgados de lo Penal de la provincia. Esta guía explica cuándo el alcoholemia se convierte en delito, qué ocurre después de la detención y cómo se puede construir una defensa efectiva.

¿Cuándo la Alcoholemia es Delito y no Infracción Administrativa?

El artículo 379.2 del Código Penal establece que conduce bajo la influencia del alcohol quien supera 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre). Por debajo de ese umbral, la conducta es infracción administrativa grave o muy grave, pero no delito penal.

Sin embargo, aunque no se alcance ese límite, se puede ser condenado penalmente si la Fiscalía acredita que la capacidad de conducción estaba efectivamente mermada por el alcohol (art. 379.2 inciso primero). Las circunstancias del caso, el comportamiento en carretera y la prueba pericial son decisivas.

Qué Ocurre Después de la Detención en Granada

  • Prueba de alcoholemia: se realiza en el propio control o en dependencias policiales. Tienes derecho a solicitar una segunda prueba y a un análisis de sangre.
  • Atestado policial: la Policía Local o la Guardia Civil de Tráfico remite el atestado al Juzgado de Instrucción competente en Granada.
  • Diligencias previas: el juzgado abre actuaciones y cita al imputado a declarar. En este momento ya debes ir acompañado de un abogado penalista.
  • Juicio rápido o juicio oral: la mayoría de los casos de alcoholemia se resuelven como juicio rápido ante el Juzgado de lo Penal de Granada.

Penas por Delito de Alcoholemia (Art. 379 CP)

  • Multa de 3 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad.
  • Privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
  • Si se supera 1,20 mg/l en aire o concurren agravantes: pena de prisión de 3 a 6 meses.
  • Si hubo accidente con resultado lesivo, pueden acumularse delitos de lesiones u homicidio imprudente.

Líneas de Defensa Más Habituales

Cada caso es diferente, pero las estrategias defensivas más comunes incluyen:

  • Impugnación del etilómetro: verificar si el aparato estaba homologado, calibrado y manejado correctamente según el protocolo oficial.
  • Nulidad del atestado: irregularidades en la forma de la detención, falta de información de derechos o ausencia de abogado en fases críticas.
  • Conformidad negociada: en muchos casos, acordar la pena con la Fiscalía permite obtener la suspensión de la pena de prisión y reducir la privación del permiso.
  • Atenuantes: conducta previa sin antecedentes, colaboración con la justicia, reparación del daño si lo hubiere.

¿Puedo Perder el Permiso de Conducir de Forma Definitiva?

La privación del permiso en sentencia es una pena autónoma. Si el condenado ya estaba en período de prueba del carnet (menos de 2 años de antigüedad) o acumula reincidencias en delitos contra la seguridad vial, la privación puede ser de mayor duración. Un abogado especializado puede trabajar para minimizar este período en la negociación con la Fiscalía.

Abogado Penalista para Alcoholemia en Granada — RINBER

En RINBER Abogados hemos defendido con éxito a cientos de personas acusadas de delitos contra la seguridad vial en Granada y su provincia. Si acabas de ser detenido o has recibido una citación del juzgado, actúa cuanto antes: los plazos para preparar la defensa son cortos.

Llámanos ahora: 627 467 043 — Atención 24 horas

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